A partir del día 24 de abril la etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico será obligatoria para todos los vehículos de acuerdo con la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible que entró en vigor hace ya seis meses. Los vehículos que no la lleven podrán ser multados con 100 euros. Los más contaminantes que no la obtendrán quedan exentos
El nuevo Protocolo Anticontaminación y las restricciones de acceso a Madrid se basará en la catalogación que ha establecido la DGT, año de matriculación y combustible que usa el vehículo. El objetivo del Ayuntamiento es que los vehículos que más contaminen no puedan acceder al centro, ni para aparcar, algo que se hará efectivo a partir del 1 de enero de 2020. Los residentes contarán con cinco años más, hasta el 2025.
La clasificación para coches, motos y motocicletas es la siguiente:
Sin etiqueta: vehículos de gasolina matriculados antes de 2000 y diésel anteriores a 2006
Etiqueta B: vehículos de gasolina matriculados entre 2000-2006 y diésel entre 2006 y 2013
Etiqueta C: vehículos de gasolina posteriores a 2006 y gasóleo posteriores a 2014
Etiqueta Eco: vehículos híbridos
Etiqueta Cero: vehículos eléctricos o híbridos con autonomía de más de 40 kilómetros
Para obtener la etiqueta medioambiental correspondiente solo hay que acudir a Correos, dar los datos de la matrícula o del permiso de conducir y abonar cinco euros. Algunos talleres también realizan la gestión.
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